A través de un notario se prototoliza el contrato de compra-venta, siendo un título que en derecho procede para acreditar la propiedad de un inmueble, debe contar con sello y firma del notario y sello del Registro Público de la Propiedad.
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Requisitos para tramite
1. Título de propiedad en original (escritura, sentencia de usucapion, título de propiedad agrario).
2. Recibo predial del año en curso
3. Avaluó catastral vigente, expedido por la tesorería del municipio, en caso de que el municipio no expida el avaluó, se solicita en el instituto de catastro.
4. Permiso de división expedido por obras públicas del municipio
5. Plano general donde marquen fracciones vendidas y la fracción a vender, con medidas y colindancias
6. Acta de matrimonio de vendedores en original
7. identificación oficial original y vigente (INE, cedula profesional o pasaporte) de vendedores y compradores
8. Acta de nacimiento original de todos los otorgantes
9. Curp original, puede ser el impreso de internet de vendedores y compradores
10. Recibo de teléfono (telmex, telcel, etc) o número de celular de prepago de vendedores y compradores
11. Correo electrónico de vendedores y compradores
12. Datos generales de los otorgantes
a. Estado civil
b. Ocupación
13. Rfc impreso (cedula de identificación fiscal, constancia de inscripción o comunicado).
¿Quién paga los gastos de notaría en una compraventa de un terreno?
El vendedor se hará cargo de los gastos de la escritura pública. El comprador tendrá que enfrentarse a los gastos de la primera copia y a los posteriores a la venta
¿Quién elige el notario el vendedor o el comprador?
El comprador es el que lo elige. La elección del notario es competencia de quien debe pagar la mayor parte de los costes notariales.
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